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Ayudas de la Junta para la rehabilitación de edificios de vivienda

¿Es su edificio anterior a 1981 y está pensando en rehabilitarlo? Está de enhorabuena

Imagen: Ayudas de la Junta para la rehabilitación de edificios de vivienda
Fidel Piña Sánchez | Arquitecto
Lunes, 23/11/2015 | Región | Portada, Economía

Sepa que la Junta de Comunidades ofrece ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas. Pero dese prisa, éstas finalizan el 31 de octubre de 2016.

Hay que matizar que no todas las actuaciones son subvencionables. Para saber qué obras lo son, hay que comprender el espíritu que mueve a la Administración que no es otro que, cumpliendo con los compromisos de España con Europa para el año 2020, reducir las emisiones de combustibles fósiles un 20%, aumentar el uso de las energías renovables un 20% y reducir la demanda energética otro 20% _esto se ha llamado el Paquete 20-20-20. Junto a ello, la voluntad de reorientar del sector de la construcción no hacia la obra nueva como lo fue en la década pasada, sino hacia la rehabilitación del parque de viviendas existente en España, formado por miles de edificios mal aislados y peor mantenidos, que despilfarran energía sin fin.

Así pues si usted va a intervenir sobre la mejora de la calidad y la sostenibilidad de su edificio, y éste es anterior a 1981, la Administración le ayudará a sufragar parte de la obra siempre que _aquí está el meollo del asunto_ acredite mediante un certificado de eficiencia energética que se reduce la demanda energética en al menos un 30 % respecto al estado previo a la reforma. Eso implicará incorporar aislamientos térmicos allá donde no los haya _en las cámaras de aire y en las cubiertas, por ejemplo_ sustituir las carpinterías exteriores y los huecos acristalados por otros con cámara y baja emisividad, renovar las viejas calderas, aislar las redes de distribución de la calefacción, introducir sistemas de energía renovables. En el caso de tratarse de todo un bloque de viviendas la ayuda se limitará, en la práctica, al 50 % de la obra y para un piso o vivienda unifamiliar, a un máximo de 1.500 euros.

También son subvencionables intervenciones destinadas a la conservación del edificio por problemas de cimentación, de la estructura o de las instalaciones comunes, (fontanería, electricidad, saneamiento, …). Sin embargo, las fachadas y las cubiertas, que son los elementos de la envolvente del edificio que se más se deterioran con el paso del tiempo, sólo se financiarán con una intervención conjunta sobre la sostenibilidad, es decir, sólo cuando se reduzca al menos la demanda energética ese 30 % anterior. Esta ayuda para un edificio de viviendas puede ascender igualmente al 50 % de la obra, o a 1.500 euros si se trata de un piso.

Por último, también son financiables actuaciones para eliminación de barreras arquitectónicas, siempre que se trate de “ajustes razonables” a la normativa de accesibilidad actual: itinerarios rampados, puertas de fácil apertura, instalación de videoporteros y de ascensores accesibles, e incluso la reordenación de la tabiquería interior de una vivienda a personas discapacitadas, incluyendo los aparatos sanitarios de los baños y la sustitución de bañeras por platos de ducha. Aquí la ayuda puede ascender al 65 % de la obra si se trata de una comunidad, o de 2.000 euros si de un piso individual.

Recuerde, el plazo para obtener las ayudas acaba el 31 de octubre del próximo año.

Fidel Piña Sánchez. Arquitecto.  www.fidelpina.wordpress.com

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